Las entidades que manifiesten su adhesión a CONFIANZA ONLINE se comprometen a acatar y cumplir escrupulosamente, y con carácter inmediato, el contenido de las resoluciones que el Jurado de la Publicidad o la Junta Arbitral Nacional de Consumo -según proceda-, puedan emitir para la resolución de las reclamaciones que les sean presentadas en relación al incumplimiento del “Código Ético de CONFIANZA ONLINE”.
Por otra parte, las entidades adheridas a CONFIANZA ONLINE deberán informar de forma permanente, directa y de fácil acceso y por medios electrónicos, sobre su adhesión a este Código y su sistema de autorregulación, facilitando la posibilidad de consultarlo. Para ello, sólo las entidades adheridas deberán insertar en sus páginas web, en lugar visible, el Sello de CONFIANZA ONLINE.


