Publicado el Proyecto de Ley que facilita la denuncia de contenidos ilícitos en las plataformas digitales

El 29 de julio el Consejo de Ministros aprobaba el Proyecto de Ley que facilita la denuncia de contenidos ilícitos en las plataformas digitales, con el objeto de adaptar el ordenamiento jurídico español a la normativa europea sobre servicios digitales y medios de comunicación. Publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG) el pasado 29 de agosto.

Modifica varias normas (entre las que destacan la Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI), Ley de creación de la CNMC, Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) o la Ley de Propiedad Intelectual) para incorporar las provisiones de los Reglamentos de la Unión Europea 2022/2065 (Reglamento Europeo de servicios digitales) y 2024/1083 (Reglamento Europeo sobre la libertad de los medios de comunicación).

“Se trata de una actualización del triple escudo digital europeo, compuesto por los Reglamentos de Inteligencia Artificial, Servicios Digitales y Libertad de Medios basada en la Declaración Europea sobre los Derechos y Principios Digitales y el Artículo 20 de la Constitución Española. Valoraba el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López.

El Proyecto de Ley:

-Establece canales de denuncia de contenidos ilícitos y medidas para garantizar la privacidad, seguridad y protección de los menores, además de aumentar la transparencia en torno a la publicidad presente en plataformas y proteger a los consumidores en los contratos online.

Designa a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) como coordinador de servicios digitales, otorgándole competencias de control, supervisión, inspección y sanción sobre los servicios digitales intermediarios, aquellos que facilitan la transmisión de datos, el acceso a contenido digital o la conexión entre usuarios y proveedores de bienes o servicios en línea.

-La Agencia Española de Protección de Datos supervisará la prohibición de publicidad basada en categorías especiales de datos personales, como la ideología, la afiliación sindical, la religión, la orientación sexual, las creencias o el origen racial o étnico. También comprobará la prohibición de crear perfiles de menores con fines publicitarios.

-Fija un régimen sancionador para garantizar el cumplimiento de las obligaciones en materia de servicios digitales, con multas que pueden alcanzar hasta el 6% del volumen de negocios anual mundial del infractor para las que ostenten la calificación de muy graves.

-Se prevé la creación de un registro estatal de prestadores de servicios de medios de comunicación de carácter público, dependiente de la CNMC, como instrumento de transparencia al servicio tanto de la ciudadanía como de las empresas, con objeto de facilitar información sobre la propiedad de los medios de comunicación.

-Se trazan las líneas básicas de un nuevo procedimiento liderado por la CNMC para evaluar el impacto sobre el pluralismo mediático de las operaciones de concentración en el mercado de medios, que se desarrollará reglamentariamente, con el fin de garantizar el pluralismo y la independencia editorial de los mismos.