El Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG) publicó el pasado 11 de abril el proyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales. Esto representa un paso decisivo dentro del gran acuerdo de país para proteger a los menores. Esta norma pionera en Europa busca salvaguardar derechos esenciales como la intimidad, el honor, la imagen, la protección de datos personales y el acceso a contenidos adecuados según la edad.
Iniciativa pionera en Europa
El texto legal contempla la reforma del Código Penal para sancionar los deepfakes de contenido sexual sin consentimiento y el grooming, que será considerado un agravante en determinados delitos sexuales. También se incorpora la posibilidad de imponer penas de prohibición de acceso o comunicación en entornos digitales, con el fin de evitar la revictimización y la reincidencia.
La redacción de la norma se ha basado en los informes de diversos organismos como la AEPD, CNMC, CGPJ, Consejo Fiscal, CES, Observatorio de la Infancia, Consejo Estatal de Participación de la Infancia y Adolescencia, Plataforma del Tercer Sector, Consejo Nacional de la Discapacidad y CISNS. Además, se han consultado a las CCAA, Ceuta y Melilla, y a las entidades locales a través de la FEMP.
Medidas clave del Proyecto
Entre las principales novedades de la norma se encuentran:
-
Tipificación delictiva: Penalización de la difusión no autorizada de imágenes pornográficas generadas por inteligencia artificial (IA).
-
Edad de consentimiento: Se eleva de 14 a 16 años para el tratamiento de datos personales.
-
Orden de alejamiento online: Prohibición de contacto digital en casos de acoso.
-
Control parental gratuito y activado por defecto: Obligación para los fabricantes de dispositivos.
Entornos digitales seguros
El Proyecto reconoce los derechos de los menores a recibir información veraz, acceder de forma equitativa a recursos digitales y contar con protección ante contenidos perjudiciales. Se incluye la obligación de proporcionar información en lenguaje adaptado a la edad sobre el uso responsable de la tecnología y sus riesgos.
También se prohíbe el acceso de los menores a los mecanismos aleatorios de recompensa en videojuegos y plataformas (loot boxes) y se imponen nuevas obligaciones a influencers y operadores de comunicación para garantizar la separación de contenidos sensibles y la verificación de edad.
Educación, salud y formación digital
En el ámbito educativo, la norma impulsa la formación en competencias digitales, el uso responsable de la tecnología y regula expresamente el uso de dispositivos móviles en los centros escolares.
En el ámbito sanitario, se prevé la creación de guías y protocolos específicos para detectar y prevenir comportamientos adictivos vinculados al uso de tecnología, así como medidas de promoción de la salud digital.
Compromiso de los poderes públicos
La norma impone obligaciones a los poderes públicos para garantizar el acceso igualitario a recursos digitales y para desarrollar una Estrategia Nacional sobre la protección de la infancia y adolescencia en el entorno digital, liderada por el Ministerio de Juventud e Infancia.
Además, refuerza la protección frente a violencia de género y sexual en el entorno digital, reconociendo el derecho de las víctimas menores de edad al acceso pleno a servicios de información, acogida, asistencia psicológica, social y jurídica.
Reformas legislativas complementarias
El Proyecto incluye reformas en:
-
Ley de Protección de Datos Personales: Para elevar la edad de consentimiento de 14 a 16 años.
-
Ley General de Comunicación Audiovisual: Para imponer medidas a influencers y grandes plataformas.
-
Código Penal, Ley Orgánica del Poder Judicial y Ley de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa: Para permitir la intervención judicial en casos de contenidos perjudiciales para menores.