#TipsLOPDGDD. Ampliación del derecho al olvido

Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de derechos digitales uno de los derechos que se ha visto reforzado es el derecho al olvido, clave para que los usuarios puedan modificar o borrar la huella digital que sus datos personales dejan en la red.

¿Qué es y cuáles son sus implicaciones?

Es el derecho que tienen los usuarios para solicitar la eliminación de enlaces y/o contenido de quienes albergan sus datos personales, como los motores de búsqueda, las Redes Sociales y los servicios similares. Se contempla en los artículos 93 y 94 de la LOPDGDD, a saber:

  • Toda persona tiene derecho a que se eliminen aquellos enlaces o contenidos que incluyan o muestren sus datos personales;
  • Se podrá solicitar la supresión de enlaces de búsqueda o contenidos en redes sociales que muestren información inadecuada, inexacta, excesiva o desactualizada tras haber dejado de cumplirse los fines para los que se recabaron [los datos];
  • Cuando prevalezcan los derechos de los usuarios por encima de los del servicio digital, los contenidos tendrán que ser retirados a pesar de que pudieran ser conservados de manera lícita. En el caso de los datos de menores de edad, independientemente de que hubieran sido aportados por él mismo o por terceros, se eliminarán lo antes posible y con prioridad;
  • En el caso de los motores de búsqueda, la eliminación de la información solicitada se realizará en base a determinados criterios de búsqueda, pero podrá seguir mostrándose bajo campos o combinaciones de palabras distintas.

¿Cómo deben actuar las empresas cuándo un usuario ejerce su derecho al olvido?

Tal y como ya explicamos desde Confianza Online, con la aplicación del RGPD las empresas deben:

  • Basar el tratamiento de datos personales de su negocio en algunas de las bases jurídicas permitidas;
  • Atender en el plazo de un mes las solicitudes recibidas por parte de los usuarios para:
    • Saber o confirmar qué datos personales trata la empresa.
    • Solicitar que se eliminen sus datos al no cumplir con los criterios de exactitud o pertinencia tras cambiar las circunstancias por las que fueron facilitados.

¿Cómo se aplica el derecho al olvido para motores de búsqueda?

Recientemente, el TJUE ha dictado una sentencia en la que se declara que los motores de búsqueda tendrán que eliminar de su lista de resultados aquellos enlaces obtenidos a partir de la búsqueda del nombre de una persona, independientemente de que la información de la página de destino ya se haya eliminado con anterioridad o esté previsto retirarse posteriormente, y aunque la información mostrada en las páginas sea lícita.

Respecto al país o países en los que los motores de búsqueda muestran los datos personales del usuario que solicita la retirada de enlaces, es importante señalar que la sentencia reconoce como objetivo ideal una aplicación de la normativa en todo el mundo. Sin embargo, la jurisprudencia puntualiza que otros estados fuera de la Unión Europea no contemplan el derecho que aprueba la retirada de enlaces o lo abordan de una forma diferente. Además, también se especifica que la protección de datos no es un derecho absoluto, sino que su interpretación se relaciona directamente con el papel social que cumple para mantener un equilibrio entre la protección de los datos personales y la libertad de información en Internet, conceptos que se entienden de un modo diferente en las distintas partes del mundo. De esta manera, la sentencia dictamina que un motor de búsqueda tendrá que retirar los enlaces en los países de la Unión Europea en los que opere, pero esta obligación no se extenderá a todas sus versiones a nivel mundial.